Me consulta el propietario de una parcela en la que piensa construir una vivienda unifamiliar. Me indica que ha hablado con un par de arquitectos y cada uno le propone un distinto tipo de proyecto a redactar.
“Uno me habla de hacer un Proyecto Básico y luego un Proyecto de Ejecución y el otro me plantea hacer un único documento llamado Proyecto Básico y de Ejecución.”
¿Cuál es la diferencia entre Proyecto Básico y Proyecto de Ejecución?
¿Cuál es el contenido de uno y otro documento?
¿Cuál es el planteamiento más adecuado a mi caso concreto?
Mi respuesta es:
En efecto, el Proyecto se puede plantear a dos niveles. Al decir niveles, quiero decir que no son dos documentos alternativos para optar por uno o por otro, sino dos documentos complementarios.
Vamos a explicarlo para que todo el mundo lo entienda. Una vez que el cliente aprueba los croquis o anteproyectos que le propone el arquitecto, éste comienza la confección del proyecto que va a definir la obra a realizar y lo puede desarrollar a dos niveles:
Proyecto básico
Comprende toda la documentación necesaria para definir las características generales del edificio y consta de:
-Memoria descriptiva de las características generales de la obra.
-Planos a escala y acotados, de plantas, alzados y secciones.
-Presupuesto con estimación global de cada capítulo, oficio o tecnología.
Esta documentación ha de tener un nivel de desarrollo suficiente para obtener la Licencia de Obra u otras autorizaciones administrativas, pero será insuficiente para proceder al inicio de las obras de construcción.
Proyecto de ejecución
Comprende además de la documentación incluida en el Proyecto Básico, la que desarrolla la estructura y las instalaciones del futuro edificio y los detalles constructivos necesarios para llevar a cabo la obra completa de construcción y consta de:
-Memoria de cimentación, estructura y oficios.
-Planos de cimentación, estructura, detalles constructivos y esquema y dimensionado de las instalaciones.
-Pliego de condiciones técnicas generales y particulares.
-Estado de mediciones.
-Presupuesto obtenido por aplicación de precios unitarios de obra.
En la práctica y según las circunstancias concretas de cada caso, ambos documentos se pueden redactar de dos maneras:
1.- De modo sucesivo, redactando primero el Proyecto Básico y después el Proyecto de Ejecución.
2.- De modo conjunto, redactando un único documento que en este caso se denomina Proyecto Básico y de Ejecución.
Será su arquitecto quién en función de las circunstancias de cada caso, puede recomendar la opción más adecuada.
Según mi opinión, estos son los tres criterios que en mi ejercicio profesional he planteado a mis clientes para optar por una u otra opción:
1.- En obras pequeñas como una vivienda unifamiliar, puede ser más oportuno redactar el Proyecto Básico y de Ejecución de modo conjunto. De este modo se gana tiempo al confeccionar un sólo documento y la obra se puede comenzar inmediatamente después de obtener la licencia de obra,
2.- En obras de mayor envergadura como un bloque de viviendas, puede convenir hacer primero el Proyecto Básico y mientras se obtienen las autorizaciones administrativas, ir completando el Proyecto de Ejecución.
3.- En obras sujetas a previsibles problemas en la tramitación de la licencia de obra, lo más prudente es redactar primero únicamente el Proyecto Básico y esperar a completar el Proyecto de Ejecución en tanto no se obtengan todas las autorizaciones administrativas. Si no se obtuvieran, nos habríamos ahorrado tiempo y dinero.